miércoles, 26 de marzo de 2014

FUNCIONARIO PÚBLICO


Sábado 29 de marzo de 2014.



PROPÓSITO:   
                 EXPLICAR EL FUNCIONARIO PÚBLICO.

ACTIVIDADES:

1. PREPARAR LA RELATORÍA ESCRITA SOBRE EL CAPÍTULO Nº 6 DEL MANUAL       DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

2. PARTICIPAR ACTIVAMENTE EN EL SEMINARIO.

3. HACER LA SIGUIENTE LECTURA COMPLEMENTARIA PARA ARGUMENTAR EL         TRABAJO ESCRITO:



Hay diferentes entidades vinculadoras de los servidores públicos, y diferenciadas como están divididos de acuerdo con las funciones desempeñadas en cada una de ellas.

Las ramas del poder público traducen una manifestación del poder y de la actividad estatal, en desarrollo del principio de la separación de los poderes y de la necesaria especialización en el cumplimiento de las funciones públicas, las cuales se concretan en el cumplimiento de las funciones legislativa, ejecutiva y judicial, a través de los diferentes órganos que las integran; pero igualmente dicho poder y actividad se sectorizan en otros órganos autónomos e independientes que han sido instituidos para el cumplimiento de las demás funciones del Estado.
El conjunto de competencias atribuidas a dichos órganos constituyen la variedad de funciones públicas que deben ser desarrolladas por las personas naturales vinculadas mediante una relación de servicio, es decir, los servidores públicos, los cuales, como lo expresa el inciso 2 del artículo 123 de la Constitución, están al servicio de la comunidad y ejercerán sus funciones en la forma prevista por la Constitución, la ley y el reglamento.

Para que el Estado pueda desempeñar a cabalidad las funciones que la Constitución y las leyes le encomiendan, necesita contratar personas que ejecuten las labores adscritas a los distintos servicios que presta; para poder realizar esto tiene que convertirse en empleador, y contratar trabajadores de la misma manera como lo hacen los empresarios particulares.

El primer problema que se plantea al estudiar el tema de los servidores públicos en Colombia, sería su modo de regulación, ya que, como al ser el Estado una de las partes en la relación laboral, podría decirse que estas relaciones se regulan por el derecho administrativo, pero también se puede hablar que como es una relación laboral, se debería ceñir al régimen laboral común.

 Las personas que prestan servicio al Estado reciben el nombre genérico de empleados oficiales, estos se dividen en dos categorías denominados empleados públicos y trabajadores oficiales de acuerdo con la relación jurídica que los vincula con la administración.
Se denominan empleados públicos los funcionarios que se vinculan a la administración mediante una relación legal y reglamentaria, y trabajadores oficiales quienes lo hacen mediante una relación de carácter contractual, como lo hacen los trabajadores del sector privado.
En cuanto a los empleados de la administración distintos a aquellos que trabajan en obras públicas y en empresas estatales similares a las de los particulares, para ellos se han expedido estatutos especiales, los cuales se fundamentan modernamente en la llamada “CARRERA ADMINISTRATIVA”, que según la define el artículo 180 del decreto 1950 de 1.973 “ es un sistema de administración de personal que tiene por objeto mejorar la eficiencia de la administración y ofrecer a todos los colombianos igualdad de oportunidades para el acceso al servicio público, la estabilidad de sus empleados y la posibilidad de ascender…”, entonces se puede decir que la carrera administrativa se traduce en el estatuto que reglamenta los derechos y deberes de los funcionarios.

Posteriormente con el plebiscito del 1 de diciembre de 1.957, se consagraron con categoría constitucional los principios básicos de la carrera administrativa, como los referentes a que todo nombramiento y remoción de los empleados debe hacerse de acuerdo con la ley, que los ascensos deben fundamentarse en el mérito y la antigüedad, que es prohibido a los funcionarios participar en política y que la filiación política de las personas no debe ser factor determinante del nombramiento, destitución o promoción.

La noción de servidor público que la Constitución de 1.991 emplea en diferentes normas, artículos 6, 122, 123, 124, 126, 127 y 129, sugiere la idea de la asignación y cumplimiento de funciones estatales por una persona natural, a través de un vínculo jurídico que implica o no subordinación laboral.
Según los términos del artículo 123, “son servidores públicos los miembros de las corporaciones públicas, los empleados y trabajadores del Estado y de sus entidades descentralizadas territorialmente y por servicios”.
El artículo 125 a su turno establece en lo pertinente: “Los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera. Se exceptúan los de elección popular, los de libre nombramiento y remoción, los de trabajadores oficiales y los demás que determine la ley”.
Así pues, dentro del género “servidor público”, se comprenden según la Constitución diferentes especies como son: los miembros de las corporaciones públicas, los empleados públicos y los trabajadores oficiales.
EMPLEADOS PÚBLICOS: Según lo determina el artículo 5 del decreto 3135 de 1.968, el artículo 2 del decreto 1848 de 1.969, el artículo 3 del decreto 1950 de 1.973, el artículo 1 de la ley 909 de 2004, son empleados o funcionarios públicos las siguientes personas:
  • 1. Las que prestan sus servicios en los ministerios, departamentos administrativos y superintendencias, por regla general, salvo las que presten servicios en la construcción y mantenimiento de obras públicas.
  • 2. Las que prestan sus servicios en los establecimientos públicos, salvo las que lo presten en la construcción y mantenimiento de obras públicas y aquellas otras que desempeñen actividades que los estatutos determinen como susceptibles de ser desempeñadas por trabajadores oficiales; estas últimas actividades solo pueden corresponder a empleos de carácter puramente auxiliar y operativo, según lo ordena el artículo 76 del decreto 1042 de 1.978.
  • 3. Las que prestan sus servicios en las Empresas Industriales y Comerciales del Estado en actividades de dirección o confianza determinadas en los estatutos.
  • 4. Las que prestan sus servicios en las Sociedades de Economía Mixta con capital público igual o superior al noventa por ciento, en actividades de dirección o confianza determinadas en los estatutos, según se desprende del artículo 3 del decreto 3130 de 1.986 y de la interpretación jurisprudencial.
  • 5. De acuerdo con los decretos 1975 y 2163 de 1.970, los registradores, los notarios y sus empleados subalternos son igualmente empleados públicos.
Estos empleados se caracterizan por estar vinculados a la administración mediante una relación legal y reglamentaria; esta vinculación se manifiesta en la práctica por el acto de nombramiento y posesión del empleado, y quiere decir que el régimen al cual quedan sometidos está previamente determinado en la ley, de manera que no hay posibilidad legal de discutir y acordar con la administración las condiciones de prestación del servicio, ni al momento del nombramiento ni posterior a la posesión, ya que ellos solo pueden presentar peticiones respetuosas a la administración.                                tomado de:: http://www.gerencie.com/el-servidor-publico.html






jueves, 20 de marzo de 2014

CONTINUACIÓN DEL TEMA ANTERIOR: ESTRUCTURA DEL ESTADO



Sábado 22 de marzo del 2014.


PROPÓSITO: Explicar la estructura del estado Colombiano.

ACTIVIDADES:


  1. Prepara y presentar la relatoría.
  2. Participar activamente en el seminario.

martes, 11 de marzo de 2014

ESTRUCTURA DEL ESTADO COLOMBIANO.


Sábado 15 DE MARZO 2014.

PROPÓSITO:  Explicar la estructura del estado Colombiano.


ACTIVIDADES:

1. Preparar la relatoría escrita.

2. Hacer la lectura del capítulo 4 y 5 del  manual de administración pública.

3. Lectura complementaria:


La organización estatal en Colombia. 
Derecho administrativo
Introducción.
Colombia, se caracteriza, por tener extenso territorio en donde según el último censo poblacional que se realizó en 1995 viven aproximadamente 46.5 millones de persona, de esta población 23 millones son hombres y 23.5 millones son mujeres, el 34% de la población es urbana y el 12.5% es Rural.
El Estado, se entiende como una administración pública, en donde su principal función, es dirigir los destinos de esta nación, esta administración pública, está integrada por una administración nacional, lo que se conoce, como una administración central y a su vez por una administración territorial , la cual se ejerce de manera descentralizada, también esta administración pública, se compone de una conjunto de personas jurídicas de derecho público para ejercer múltiples funciones públicas, las cuales se encuentran previstas en la constitución y en la ley, también a esta administración la conforman las personas jurídicas de derecho privado, a las cuales el ordenamiento jurídico les atribuye también el Ejercicio de Funciones pública.
La Constitución de 1991 en su artículo 150 # 7 atribuye al congreso de la república, la facultad de poder determinar la estructura de la administración nacional y crear, suprimir o fusionar, ministerios, departamentos administrativos, superintendencias, establecimientos públicos y así otras entidades de orden nacional, así como la regulación y la creación, funcionamiento de corporaciones autónomas regionales, las cuales paseen un régimen de autonomía de autonomía, como por ejemplo crear o autorizar la constitución de empresas industriales y comerciales del estado y también las sociedades de economía mixta.
La Constitución de 1991 en el numeral 7 del artículo 300, atribuye también a las asambleas departamentales, la facultad, para que estas puedan determinar la estructura de cómo va a ser la administracióndepartamental y la creación de establecimientos públicos y empresas industriales o comerciales del departamento. También autoriza la formación de sociedades de economía mixta. El mismo artículo en el numeral 11, hace referencia a los secretarios del gabinete, a sus jefes de departamentos administrativos y directores de institutos descentralizados del orden departamental.
Desde el mismo punto de vista el artículo 313 en el numeral 6 atribuye a los consejos municipales, competencia para determinar la estructura de la administración municipal y así como la creación de establecimientos públicos y empresas industriales o comerciales y la autorización de la constitución de empresas de economía mixta.
De acuerdo al ejercicio de estas competencias constitucionales, el congreso de la república, las asambleas departamentales y los consejos distritales o municipales ha creado al respecto un número considerable de entidades públicas, ya sea que tenga sí o no personería jurídica, en cada uno de los niveles nacionales, departamentales, distritales y municipales de la administración pública colombiana.
De acuerdo a este orden nacional, se ha generado una grave atomización en la organización estatal y está a generado que se desvirtué la responsabilidad tanto política como jurídica del presidente de la república y aun de los ministerios del despacho y los directores de departamentos administrativos ya que esta responsabilidad se diluye a lo largo de tantas entidades que ahora poseen una autonomía administrativa con o sin personería jurídica, esta misma situación se puede observar en el orden departamental, distrital y municipal, y así con la presencia de múltiples entidades administrativas, Colombia padece una grave desorganización administrativa producto de la gran atomización de la organización estatal lo cual nos conduce a una desvirtuación de la responsabilidad política y jurídica de la supremaautoridad administrativa de los funcionarios públicos, lo mismo que las distintas personas jurídicas que conforman la estructura del estado, pues como ya hemos dicho, esta responsabilidad se diluye a lo largo de tantas entidades que ahora tienen autonomía administrativa con o sin personería jurídica.
En conclusión el estado debe ser más eficaz y trascendente, y acercarse más al ciudadano, en el propósito de preservar y hacer efectivas, losbienes jurídicos superiores que conforman muestra organización social pero a pesar de toda esta diversidad de administración padecemos una excesiva centralización funcional y al mismo tiempo de una excesivadescentralización organización, lo cual significa que al tiempo que se han creado muchas entidades públicas para garantizar la presencia del estado junto a la sociedad, el ciudadano y las principales decisiones a tomar , siguen en cabeza central de la organización.
Consideraciones Generales.
El Nuevo Modelo de Organización Estatal Previsto en la Constitución de 1991.
Esta constitución Política de 1991, adopto una nueva estructura del estado colombiano el cual está compuesto por 3 ramas del poder público según el artículo 113 y además la organización fiscalizadora o decontrol (ARTICULOS 113,117 a 119) el cual habla de que es la organización electoral, (ARTICULOS 113 al 120) que explica el funcionamiento de la banca central, (ARTICULOS 371 al 373) y la comisión nacional de televisión (ARTICULOS 75 y 76), la jurisprudenciade la corte constitucional la amplio cuando definió, que también son organismos autónomos con régimen constitucional especial la comisión nacional del servicio civil (ARTICULO130), todo conforma, un conjunto de organismos con regímenes especiales de autonomía para el cumplimiento de determinadas funciones agrupados en las corporaciones autónomos regionales (ARTICULOS 150 # 7 Y 331) y las universidades del estado (artículo 69).
Con base en dicha estructura, la misma constitución de 1991 creo o autorice, la creación de más entidades en cada una de las ramas del poder público en donde le dio autonomía como por ejemplo creo la corte constitucional, el consejo superior de la judicatura y con sus 2 salas y consejos seccionales, la fiscalía general de la nación, la defensoría del pueblo, la comisión nacional de televisión, la junta directiva del banco de la república, la corporación autónoma regional del rió grande del Magdalena, entre otros.
De acuerdo con el fundamento que adopto, la constitución de 1991, se le otorgo autonomía especial a la Contraloría General, a la Procuraduría General de la Nación y a las autoridades electorales y al banco de la republica entre otras.
Y en ejercicio de su función, faculta al legislador, para crear otras en donde deja en manos del legislador a iniciativa del gobierno, dentro de cada una de ellas las entidades necesarias que se requieran, para el cumplimiento de las funciones que se les atribuyan, también faculta al legislativo para que en ejercicio de su función fusiones o suprima, tales entidades, de acuerdo con esta, también se le confiere dicha facultad al presidente en conformidad con la Ley ( artículo 189 # 15) o en determinado caso para que se modifiquen sus estructuras sujetas a losprincipios y reglas generales que defina la ley (artículo 189 # 16 ).
La Rama Legislativa.
Representado por el Congreso de la República (Senado y Cámara de Representantes). Entre sus funciones más importantes están: promulgar y modificar las leyes, reformar la Constitución, ejercer control político sobre las acciones del Gobierno y elegir a altos funcionarios pertenecientes a la rama judicial, los organismos de control y la Organización Electoral.

martes, 4 de marzo de 2014

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y CIENCIAS SOCIALES


SESIÓN Sábado 8 de marzo 2014.

PROPÓSITO:
Identificar la administración pública  y el derecho, entre otras ciencias sociales.

ACTIVIDADES:

  • Prepara la relatoria escrita del capítulo tres del texto guía.
  • Participar activamente en el seminario.
  • Hacer lectura del siguiente texto complementario:


LA CIENCIA POLÍTICA: CONCEPTO Y OBJETO

1.     Concepto de ciencia política

La ciencia política es una ciencia social que estudia fundamentalmente el ejercicio, distribución y organización del poder en una sociedad.

Por ser una ciencia social, se interesa por estudiar los hechos políticos, esto abarca los acontecimientos y procesos políticos; así como también se ocupa del estudio de la conducta política que se expresa de forma real y concreta en la interacción social. Para conocer la realidad política, la ciencia política, describe los acontecimientos, procesos y conductas calificadas de políticos, para tal propósito, realiza una exposición minuciosa de las diversas expresiones de la acción política. Describe, por ejemplo, los procesos electorales, la respuesta de las masas respecto a una decisión política emanada de la autoridad, la constitución y dinámica de los partidos políticos y de los grupos de presión, los efectos del cambio político y sus consecuencias, la organización de alguna forma de gobierno, las funciones que desarrollan las autoridades al interior del aparato estatal, el proceso de la toma de decisiones políticas que afectan a la sociedad global, las relaciones de mando-obediencia, la acción de los grupos de influencia, la evolución del pensamiento político, el proceso del cambio político-social, etc.

2.    El objeto de la ciencia política

Para este respecto; se enfrenta numerosas concepciones. Para unos, la ciencia política es la ciencia política es la ‘’ciencia del poder’; para otros es la ‘’ciencia del estado’’; otros aun defienden concepciones intermedias entre ambos extremos .De hecho, todas las definiciones de la ciencia política tiene un punto común: todas giran alrededor de la noción de ‘’poder’’ .Para unos, todo lo que concierne al poder pertenece a la ciencia política; otros; solo recogen una parte, definida de manera mas o menos amplia. Es necesario, pues, examinar esta noción del ‘’poder’’ antes de exponer las diversas concepción relativas al objetivo de la ciencia política.


   3. El concepto de poder, base de la ciencia Política

El concepto de poder es difícil de delimitar con precisión tan numerosas y variadas son las formas que reviste en la practica. Nos limitaremos a dar general, vaga y aproximada. Por otra parte, únicamente el análisis de la ciencia política nos permitirá llegar a una definición neta del poder.

3.1 La noción del poder

En la base del fenómenos del poder hay lo que Leon Duguit llamada la distinción entre los ‘’gobernados’’ y los ‘’gobernantes’’. En todo grupo social se encuentran de un lado los que dan las ordenes, los que mandan, los que dirigen; y de otro los que obedecen, los que sufren. La palabra poder designa a la vez el grupo de los gobernantes y la función que ejercen. La ciencia política aparece así como la ciencia de los gobernantes, de los jefes. Estudia su origen, su estructura, sus prerrogativas, la extensión y los funcione, de la obediencia que se les presta.


    No se trata de analizarlos en el cuadro de esta breve introducción. Muchos de ellos no han sido suficiente estudiados y su síntesis general esta por hacer. El problema central de la ciencia política y, por lo tanto, el más difícil.


    1 –El poder es, en primer lugar un fenómeno biológico. Este aspecto del problema es descuidado generalmente por los sociólogos, a menos que se distinguen al estudio de las sociedades de insectos (la colmena, el hormiguero), que no son comparables a las sociedades humanas. El estudio de las sociedades de animales superiores (pájaros, mamíferos) revela, por el contrario, fenómenos de autoridad muy cercanos a los nuestros.

    2 –El poder es, en parte, un fenómeno de fuerza, de coacción, de coerción. Coacción física primero: en una banda da chiquillos o de bandidos él más fuerte físicamente se convierte, a menudo, en el jefe. La policía, el ejercito, las prisiones, las torturas, todo este aparato del estado, no es mas que la transposición física a un grado superior de organización.


    Coacción económica después. Quien puede privar al hombre de su comida obtiene física a un grado superior de organización.


    ¿Cuántos obreros obedecen a su patrón por este motivo esencial?


    Marx ha hecho un análisis profundo de esta coacción económica. Para el poder político refleja la situación de las clases sociales en lucha: el poder esta en manos de la clase dominante desde el punto de vista económico. Su teoría tiene el defecto de menospreciar los elementos no económicas del poder, pero es una contribución fundamental de la ciencia Política.

    3 .1. La presión social difusa, el encumbramiento colectivo y la programada se hallan situados, en realidad, en las fronteras de los elementos materiales del poder y de las creencias. Tienen a desarrollar creencias, para no ser sentidos como coacción. El poder siempre busca ser aceptado; es mas, desea hacerse amar y reverenciar por intermedio de los sistemas de creencias.

    No es muy seguro que coincida con la realidad este esquema racional de un poder, en primer lugar, se basa en la fuerza para hacerse aceptar después desarrollando unas creencias. El estudio de las sociedades primitivas nos demuestran que se hallan dominados por un sistema de creencias, mientras que la coacción únicamente desempeña un papel secundario en la forma que hemos denominado presión social difusa.


    En un grupo social dado, la mayor parte de los hombres creen que el poder debe tener cierta naturaleza, descansar en ciertos principios, revestir cierta forma, fundarse en cierto origen, Elementos del poder.  Poder y dominación.

No debe confundirse el poder con un fenómeno parecido que nosotros llamamos ‘’superioridad’’ o ‘’dominación’, a falta de términos mejores (la terminología es imprecisa). La superioridad o dominación no se sitúa en el antagonismo gobernados – gobernantes, sino al nivel de los gobernados: concierne a los antagonismos entre gobernados.

Las relaciones sociales no corresponden, en efecto, a la imagen idílica presentada por los juristas del siglo XIX, los cuales veían en el acuerdo de voluntades iguales, el contrato, el mecanismo normal de vida.


3..2 Las diferentes concepciones de la política.

La idea de poder esta en la base de todas las definiciones de la ciencia política.


En un sentido amplio se considera que todo lo que concierne más estrictas se considera que la ciencia política solo estudia ciertos aspectos o ciertas formas de poder y que los demás pertenecen a distintas ciencias sociales. La mas restrictiva de ellas define la ciencia política como "ciencia del Estado", pero entre estas concepción y definición de la ciencia política como ‘’ciencia del poder’’.


3.3 La ciencia política, ciencia del estado


Es la definición mas armónica con la noción de ‘’política’’ en el lenguaje corriente. Para el publico, la palabra ‘’política’’ y la palabra ‘’estado’’ están unidas.


    El diccionario de la academia francesa dice: ‘’política (sustantivo): conocimiento de todo lo que tiene relación con los otros estados.’’


3.4.  La definición jurídica tradicional del estado


Descansa en la idea de soberanía. En una noción oscura que no es fácil de formular con precisión.


Se distingue, además, la soberanía en le Estado de la soberanía del Estado, sirviendo sólo esta ultima para definirlo.


La soberana del Estado es el hecho de que éste sé encuentren la cumbre de la jerarquía de los grupos sociales, que no haya ningún por encima de él. Definir el Estado por la soberanía es afirmar que la sociedad internacional está formada por Estados absolutamente independientes los unos de los otros, que no están limitados más que por su propia voluntad.


3.5 Consecuencia para la definición de ciencia política


La noción de soberanía introduce una diferencia de naturaleza entre el poder en el Estado y el poder en los otros grupos humanos. Sólo el primero tiene la cualidad de "soberano’, y esta cualidad es fundamental. Es, pues, natural que constituya el objeto de una ciencia en particular: La ciencia política. Existe así un vinculo lógico entre la concepción jurídica del Estado soberano y la definición de la ciencia política como "ciencia del Estado".


3.6.    La ciencia política, ciencia del poder


Esta concepción es posterior a la presente, pero se ha extendido de tal manera que, de hecho, es hoy la de mayor número de especialistas en la política podrían multiplicarse las citas de autores de diversos orígenes y tendencias.


"Política significa para nosotros exaltación hacia la participación en le poder o en la influencia sobre su división, sea entre Estados, sea en el interior de un Estado entre los grupos humanos que encierran". (Max Weber)


"Política es el estudio de las relaciones de autoridad entre los individuos y los grupos, de la jerarquía de poderes que se establece en el interior de todas las comunidades numerosas y complejas". (Raymond Aron).


‘Si se puede definir brevemente la ciencia política es por el poder. [ Tiene por objeto] el estudio de los fenómenos nacidos del poder, es decir, los fenómenos de mando que se manifiestan en una sociedad’. (Georges Vedel).


‘ El objeto de la ciencia política no presenta grandes dificultades: ciencia de la autoridad, de los gobernantes, del poder". (maurice duverger).


    Hoy se tiene hacia una definición realista del estado, basada en el análisis sociológico. Visto desde este ángulo, los Estados presentan dos caracteres, en relación con otros grupos humanos. En primer lugar, la comunidad humana que sirve de base al Estado-la nación-es hoy en día la más integra de todas las comunidades humanas.


En segundo lugar, el Estado posee la organización política más perfecta. Llámenos ‘organización política a la distinción de los gobernantes y de los gobernados, en el sentido de Duguit. Entre todas las comunidades humanas el Estado es aquella en que los gobernantes están mejor organizados, como lo demuestra las tres características siguientes:


    La división del trabajo entre los gobernantes está más desarrollada en el estado que en otras comunidades.
    En el estado se encuentra un sistema de sanciones organizadas más que en ninguna otra comunidad.
    Por ultimo, el Estado dispone, para hacer efectuar sus decisiones, de la mayor fuerza material, en ninguna otra fuerza material tan poderosa.



    Si el Estado no difiere de las otras comunidades humanas mas que por un grado de complejidad, y no por propia naturaleza, no hay razón paran hacer de la ciencia del Estado una ciencia aparte. Es natural estudiar el poder en todos los grupos sociales simultáneamente, comprendido el Estado. Más adelante veremos algunos autores han propuesto unos criterios distintos de la soberanía para hacer distinciones en el interior del poder y dar una definición más restringida de la ciencia política.


Pero la concepción de la ciencia política como ciencia del poder presenta una superioridad metodológica sobre la que identifica la ciencia política con ciencia del Estado.


Ahora bien, limitando al Estado el objeto de la ciencia política se imposibilita precisamente comprobar la hipótesis, puesto que se hace imposible comparar sistemáticamente el poder en el estado con el poder en las demás comunidades. Se puede así decir que es imposible, lógicamente, definir la ciencia política de manera restringida y sólo es valida la definición como ciencia del poder.


4. Enfoques de la ciencia política

A falta de una teoría general que explique los fenómenos políticos, estableciendo y descubriendo leyes de alcance universal, encontramos un conjunto de teorías creadas con esta finalidad que han intentado explicar la variada totalidad de la acción política; pero, al no haber logrado esa meta, en Ciencia Política se les denomina "enfoques", es decir, aproximaciones y visiones parciales de la realidad política.

Los principales enfoques, tanto por su contenido como por lo que han aportado al enriquecimiento teórico-metodológico de la Ciencia Política, lo que les ha permitido tener una definida vigencia, son:
    El Marxista
    El Institucional    El Conductista o Behaviorista    El Estructural-Funcional    El Sistémico, llamado también teoría general de los sistemas.    El Cibernético


    Estudia la realidad política como un fenómeno dialéctico y como factor fundamental de la lucha de clases. Marx decía en el Manifiesto Comunista que "toda lucha de clases es una lucha política".

    El enfoque marxista define a la Ciencia Política como una disciplina crítico-práctica que estudia las relaciones de poder. La reflexión marxista sobre la política ha pasado por dos etapas de desarrollo. La primera, que podemos denominar "período clásico", que se refiere a los conceptos que sobre la política y el poder tuvieron, primero, Marx y Engels, y , después, sus inmediatos seguidores como Lennin, Gramsci y Rosa Luxemburgo, quienes desjuridizan los fenómenos del poder. 

El enfoque Marxista

    Junto con el enfoque marxista, es el más antiguo y cargado de tradición. Estudia los fenómenos políticos a partir del análisis de los textos constitucionales, al sostener que las normas jurídico-constitucionales no son únicamente el reflejo de una concepción político-ideológica, son que tienen como objetivo "encuadrar jurídicamente los fenómenos políticos.

    Este enfoque se preocupa por conocer y analizar la organización y las funciones de las instituciones políticas, sobre todo las del Estado y sus elementos. Estudia las formas de gobierno, la función de los poderes del Estado, su interacción y dinámica, así como las normas que regulan las prácticas estatales. El enfoque institucional durante mucho tiempo fue la principal fuente del estudio comparativo de los gobiernos.

    Sobre el aporte de este enfoque al estudio de la política opina Jean Blondel que "las estructuras constitucionales han dado lugar a un tipo especial de teoría que podría definirse como "teoría institucional".Esta ha sido una de las vertientes más antiguas del estudio comparativo de los gobiernos. Durante mucho tiempo constituyó el aspecto "positivo" del estudio de la política, aun cuando el análisis lógico que caracterizó gran parte de los trabajados de los constitucionalistas de los siglos XIX y XX se orientó sobre aspectos meramente estructurales d las constituciones y mientras se supuso que las constituciones eran puestas en práctica. Esa teoría institucional resultó muy importante en el plano de la práctica y muy reveladora de la naturaleza de los sistemas políticos en el plano de la teoría".